La aprobación del Proyecto del Senado 693, que busca prohibir el aborto luego de las 22 semanas de gestación, también incluiría la creación de un registro de todas las mujeres que terminen sus embarazos durante ese periodo de tiempo.

Esta medida, presentada por los senadores Joanne Rodríguez Veve, José Dalmau Santiago, Thomás Rivera Schatz, Albert Torres Berríos, Rubén Soto Rivera, Ramón Ruiz Nieves y Karen Riquelme Cabrera, ha generado posturas, tanto en contra como a favor, desde que fue radicada. Sin embargo, la Comisión de Asuntos de Vida y Familia aprobó un informe positivo sobre la medida. Luego, el proyecto fue regresado a la Comisión para ser discutido en vistas públicas.

El Proyecto del Senado 693 es inconstitucional”, apuntó la abogada de derechos constitucionales y civiles, Mayte Bayolo Alonso, al comentar que no respalda ningún proyecto que limite los derechos de reproducción de las gestantes. 

Asimismo, añadió que este proyecto de ley solo tiene propósitos morales y definió al proyecto como un “trap law”. Es decir, un tipo de legislación que finge ser salubrista y tener el propósito de salvar vidas; sin embargo, su propósito real es la eliminación o restricción de los derechos reproductivos de la mujer.

En contraste a la licenciada Bayolo Alonso, la contadora y exdirectora del Centro Raquel, donde ofrecen servicios gratuitos a la mujer ante un embarazo inesperado, Rosario Vélez Rosado, indicó que esta medida legislativa busca proteger a las madres, pues, según su experiencia, hay muchas afectadas luego de tener el aborto.

Vélez Rosado, quien antes coordinaba los servicios y manejaba los fondos del Centro Raquel, sometió una ponencia a favor del proyecto, para proveer la opinión de las personas que trabajan en este ámbito. 

Precisó que leyes como esta indican o le alertan a las madres del impacto que puede tener un aborto en sus vidas y en su estabilidad emocional o física. Lamentó de que las clínicas de aborto y los médicos encargados de las terminaciones no exigen terapias ni servicios de salud mental para las pacientes.

Sin embargo, el P.S. 693 no hace mención de la inclusión de estos servicios en las terminaciones realizadas en Puerto Rico ni de la salud mental de la gestante.

Vélez Rosado explicó que, de acuerdo con su experiencia, existen gestantes que, pasadas las 20 semanas, su realidad maternal cambiaba, factor que las obligaba o las convencía a abortar. No obstante, opinó que la mayoría de las madres con las que habló durante esta etapa no querían abortar, solo necesitaban una mano, a alguien que les hubiese dicho que todo iba a estar bien. 

Perdían el empleo, apoyo económico o familiar, entre otros, y decidían abortar”, recordó al ejemplificar las justificaciones más comunes. Comentó que la razón por la que estas gestantes buscaban abortar era por no conocer las demás opciones viables. 

Detalló que no es que no exista la ayuda, es que no están entrelazadas las unas con las otras y tampoco están relacionadas con los servicios de salud ni las clínicas de aborto.

No obstante, el P.S. 693 no hace mención de los servicios o las opciones viables, no incluye una campaña educativa para promover la existencia de estas ayudas y tampoco abarca el querer entrelazar las ayudas disponibles entre ellas ni con el cuidado médico ofrecido.

Según Vélez Rosado, esto es así porque, de haber incluido mayores detalles o conceptos dentro de la legislación, mayor era la probabilidad de que se cayese el proyecto. 

¿Qué es la «etapa gestacional de viabilidad»?

El P.S. 693 busca prohibir el aborto a partir de la «etapa gestacional de viabilidad», periodo que se establece como 22 semanas. 

Según Vélez Rosado, la etapa gestacional de viabilidad se basa en un estudio realizado en Estados Unidos que establece el periodo mínimo de tiempo desde el cual un bebé prematuro puede sobrevivir fuera del útero de la gestante. 

Sin embargo, otros estudios realizados en Estados Unidos prueban que la etapa gestacional de viabilidad es aproximadamente 24 semanas, pues no se puede precisar. Mientras, otros países como Portugal establecen las 25 semanas como límite y en España, la Sociedad Española de Neonatología, ha establecido la supervivencia del feto hasta las 26 semanas.

Asimismo, de acuerdo con las consultas que Bayolo Alonso realizó junto a expertos del tema, el periodo de viabilidad no es algo estancado ni algo que se puede determinar por una legislatura ni por un Senado

Estableció que la etapa gestacional de viabilidad varía dependiendo del sexo del feto, su peso y la salud de la madre, entre otros factores que lo hacen un periodo que no puede ser fijo. 

Comentó que este es el primer proyecto que le quiere poner un número a la viabilidad gestacional, que es un asunto médico, según el Tribunal Supremo federal y el Tribunal Supremo local desde el 1980, en el caso Pueblo v. Duarte Mendoza.

Asimismo, mencionó que, aunque se plantea que si en Estados Unidos, el Tribunal Supremo revoca casos como Planned Parenthood of Southeastern Pennsylvania v. Casey, Roe v. Wade o Dobbs v. Jackson Women ‘s Health Organization cambiaría la legalidad de abortar en Puerto Rico, esto es incorrecto. Subrayó que esta decisión no tendría el efecto que se piensa, pues el País tiene su propio tribunal y Constitución que, de hecho, incluye el derecho a la intimidad consagrado en la Carta de Derechos, detalle que no queda incluido en la Constitución federal. 

¿Qué implicaría el Registro de Terminación de Embarazo?

La aprobación del PS 693 también incluiría un Registro de Terminación de Embarazo en «etapa gestacional de viabilidad».

Según Vélez Rosado, los registros van a ser para el Departamento de Salud de manera confidencial y sin que los ciudadanos tengan acceso a ello. También, explicó que servirían para inspecciones en las clínicas de aborto para que haya constancia de lo que está pasando.

Sin embargo, Bayolo Alonso planteó que este registro impone una violación de la Ley Hipaa, posible persecución y otras situaciones que serían devastadoras para el servicio esencial que es las terminaciones de embarazo en Puerto Rico.