Las dudas en torno a las mal llamadas “terapias de conversión” han resurgido tras la radicación del proyecto de ley que propone prohibir esta práctica y la oposición de sectores religiosos conservadores encabezados por líderes del partido Proyecto Dignidad.
La medida en cuestión, el Proyecto del Senado 184 de los senadores José Vargas Vidot, María de Lourdes Santiago, Rafael Bernabe Riefkohl, Javier Aponte Dalmau y Ana Irma Rivera Lassen, se encuentra en la Comisión de Iniciativas Comunitarias, Salud Mental y Adicción del Senado, y enmendaría la Ley de Salud Mental y la Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores.
En caso de convertirse en ley, prohibiría que los menores de edad sean sometidos a intervenciones dirigidas modificar orientación sexual o género,”, y sancionaría a cualquier entidad o profesional de salud mental que las provea. El proyecto no limitaría la patria potestad de los padres y de las madres. Esta práctica, conocida como “terapia de conversión”, ha sido rechazada por la comunidad científica y por organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unides que sentenciado que causan sufrimiento severo y daño psicológico.
Pese a esto, la senadora por el partido de corte religioso-conservador Proyecto Dignidad Joanne Rodríguez Veve, la representante del mismo partido Lisie Burgos, y el presidente de la colectividad Dr. César Vázquez se oponen a la medida bajo al argumento de que se trata de una intervención del Estado en la crianza de los menores.
El gobernador Pedro Pierluisi y el secretario de Salud Dr. Carlos Mellado expresaron apoyo a la medida senatorial y su rechazo a las “terapias de conversión” el lunes.
De acuerdo con el proyecto del Senado, las “terapias de conversión” son toda práctica o tratamiento de una entidad, profesional certificado o licenciado de salud mental para cambiar la orientación sexual o la identidad de género de un menor. Esto incluye cambiar su comportamiento y reducir su atracción a personas del mismo género.
Estas terapias, según el sexólogo perito forense y docente del Instituto Sexológico Educativo y Psicológico de Puerto Rico, Juan Carlos Malavé Rexach, no son efectivas.
Mencionó que las “terapias de conversión” son una intervención que no se basan en ningún diagnóstico clínico, sino en una ideología religiosa, moralista y tradicional.
“Los códigos de ética establecen que [se] realizarán intervenciones que estén basadas en evidencia, que estén basadas en comprobación científica y que estas intervenciones sean para el mejor bienestar y seguridad del participante”, explicó el sexólogo perito forense. “Los códigos de ética van dirigidos a que cualquier tipo de terapia tenga una sustancia de evidencia para ser utilizada o probada”, puntualizó.
Los gremios más importantes de psicología o de psiquiatría a nivel internacional y local han establecido que la homosexualidad no es una enfermedad mental, que es una conducta normal, y que las “terapias de conversión” no son una modalidad clínica aceptada por lo que practicarlas, mencionó, es antiético.
La Asociación Puertorriqueña de Psiquiatras de Niños y Adolescentes favoreció la prohibición de las terapias de conversión a través del Proyecto del Senado 184 debido a que la evidencia científica y médica disponible no comprueba su utilidad clínica. La Asociación Estadounidense de Psiquiatría también se ha expresado contra las terapias de conversión porque, en lugar de cambiar la orientación sexual o la identidad de género del paciente, provoca pensamientos suicidas, depresión, impotencia, relaciones disfuncionales y mayores niveles de estrés y de ansiedad.
Debido a todo lo mencionado, la vicepresidenta del Colegio de Profesionales de Trabajo Social de Puerto Rico, Lydael Vega Otero, catalogó las terapias de conversión como maltrato.
“Las ‘terapias de conversión’ parten de una premisa errada de corregir algo que no hay que corregir, de corregir algo que no está dañado”, opinó.
Que una persona oculte su orientación sexual o su identidad de género porque así lo recomendaron durante una “terapia de conversión” perjudica el desarrollo y la autoestima de todo menor a largo plazo, sentenció.
Las personas de las comunidades LGBTQIA+ no solicitan terapias porque desean cambiar su orientación sexual o su identidad de género, acotó, sino porque no pueden lidiar con los estresores sociales a su alrededor.
Las terapias deben enseñarles a lidiar con el mundo homofóbico en el que están, opinó la trabajadora social.
En 2019 la entonces senadora, Zoe Laboy Alvarado, presentó junto a los entonces homólogos Eduardo Bhatia Gautier, Juan M. Dalmau Ramírez y Miguel A. Pereira Castillo el Proyecto del Senado 1000 para prohibir las terapias de conversión al igual que el Proyecto del Senado 84. Sin embargo, aunque el Senado lo aprobó, la Cámara de Representantes no.
A diferencia del Proyecto del Senado 1000, el abogado y presidente de la Coalición Orgullo Arcoiris, Luis Conti Rivera, aseguró que el Proyecto del Senado 184 se aprobará debido a que en estos últimos años las personas se han sensibilizado en torno al tema.
“En la medida en la que la gente conoce qué es una ‘terapia de conversión’, la gente se ha ido dando cuenta de lo peligrosas que son”, expresó.
El proyecto actual, en contraste con el anterior, es más completo, comentó. Este proyecto prohíbe con mayor especifidad las “terapias de conversión” en los niños. Por ejemplo, el proyecto anterior solo buscaba enmendar la Ley de Salud Mental mientras que el actual también enmendará la Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores.
No obstante, ninguno de los dos proyectos del Senado prohíbe ni prohibía que los padres busquen consejería espiritual para los menores a su cargo en las instituciones religiosas.